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Foto del escritorDaniel Jiménez

El proceso de paz y su injerencia en el nivel de riesgo del país

Actualizado: 2 feb 2021



El Fondo Monetario Internacional (FMI), por delegación del capítulo latinoamericano del Grupo de Acción Financiera Internacional - Gafilat, realizó del 5 al 22 de junio de 2017 una visita de evaluación a las autoridades colombianas responsables de la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (FT), lo cual tuvo como propósito analizar el nivel de cumplimiento de las 40 Recomendaciones del GAFI, determinar el nivel de efectividad del sistema antilaft de Colombia y proporcionar recomendaciones acerca de cómo se puede fortalecer dicho sistema.


Los resultados de la visita fueron divulgados la semana pasada, y debido a la profundidad de sus contenidos y la trascendencia que sus conclusiones tienen para las autoridades obligadas, imponen la necesidad de abordar sus diferentes materias por capítulos temáticos. En esta oportunidad se presenta lo relativo al proceso de paz y su injerencia en el nivel de riesgo la/ft del país. El financiamiento del terrorismo “El Acuerdo de Paz firmado recientemente con las FARC (…) puede ayudar a mitigar el riesgo de FT” Si bien esta es la conclusión más relevante del informe sobre la materia, es necesario destacar que, como se observa, allí no se asegura que el Acuerdo mitiga el riesgo, sino que podría hacerlo. En su primera acepción el verbo poder remite a “la facultad o potencia de hacer algo”. Por consiguiente, lo que se hace es advertir que, si se cumplen ciertas condiciones, podría mitigarse efectivamente el riesgo en el futuro, pero, si no se cumplen podría incluso incrementarse.


La primera advertencia que hace el Informe de Evaluación Mutua al respecto es que el riesgo de que los miembros del ahora partido político Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común- FARC- se conviertan en organizaciones criminales después de que comience la desmovilización y por ende que tornen los campos de transición en bases, desde donde continuarían la comisión de delitos, es alto y preocupante. El influjo negativo de las disidencias, la actitud por lo menos dubitativa de algunos de los dirigentes del ahora partido político para comparecer ante la Jurisdicción Especial para la Paz y la demora del gobierno colombiano para la adopción de los planes de reinserción económica en favor de los desmovilizados a los que se obligó en el Acuerdo, todo lo cual se ha evidenciado con mayor fuerza después de la conclusión de la visita de evaluación, evidentemente se constituyen en eventos reales y relevantes que contribuyen a incrementar el riesgo citado, con una precisión: ha disminuido sensiblemente el número de desmovilizados que permanecen en los campamentos. ¿Se han unido a las disidencias, retornaron al seno de sus familias, encontraron trabajo formal, se incorporaron a bandas de delincuencia común? Las autoridades deberían ofrecer respuesta a estos interrogantes. Complementariamente, el Informe advierte lo que también ahora es evidente: “(…) otros grupos criminales ya están reemplazando a las FARC en el control de los campos de coca, las minas de oro ilegales y otras actividades delictivas.” Y, por si fuera poco, con acierto se recuerda que los reductos disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo - FARC-EP, el Ejército de Liberación Nacional – ELN y el Ejército Popular de Liberación - EPL, al igual que numerosas bandas criminales sin sesgo político, están entre las organizaciones que cometen actos terroristas en el país. Por ello se concluye: “El importante número de actos terroristas cometidos presenta un riesgo de FT interno alto”. "Sin embargo, las bajas cifras de reportes de operaciones sospechosas de financiamiento del terrorismo, el bajo número de casos del mismo tipo trasladados por la UIAF a la Fiscalía General de la Nación [1] y el mínimo de investigaciones y condenas por este delito [2]", conforme destaca el mismo Informe, contrastan con el nivel de riesgo actual y se convierten en señal de alerta para que los órganos de control, la UIAF y la Fiscalía fortalezcan e incrementen sus medidas regulatorias, sancionatorias y represivas y para que los sujetos obligados afinen sus controles preventivos y detectivos. Al respecto, por ejemplo, el Informe dice que las autoridades aún no han adoptado medidas para abordar los riesgos asociados con las organizaciones sin fines de lucro y con los sistemas transmisores de dinero “que podrían ser particularmente explotados con fines de FT en Colombia”, como también lo advirtió recientemente el Fiscal General de la Nación. A su turno, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, también según el Informe, no sabe “cuántas empresas de cambio y clientes operan en zonas de alto riesgo, por ejemplo, donde operaban u operan exintegrantes de las FARC y el ELN”. La reinserción de los desmovilizados El Informe empieza por reconocer que la integración de los desmovilizados al sistema financiero formal es un evento relevante y un reto emergente, como también que al aplicar su SARLAFT las instituciones financieras generaron una larga lista de actividades económicas clasificadas como de “alto riesgo”, dentro de la cual precisamente aparece “exmiembros de las FARC”. Por contraste, advierte, la Superintendencia Financiera hasta ahora no ha tenido en cuenta ese evento para crear nuevos perfiles de riesgo, mejorar su enfoque de supervisión basada en riesgos, articular políticas de supervisión formales y consistentes y reforzar proactivamente su función de supervisión en general. De otra parte, a la Superintendencia de la Economía Solidaria se le recomienda aplicar controles de aptitud y honorabilidad a las solicitudes de licencia para constituir cooperativas que presenten los desmovilizados, debido a preocupaciones con respecto a su abuso para actividades criminales. El lavado de activos El Informe pone de presente que, en virtud del Acuerdo, la FARC debe entregar un inventario de todos sus activos al gobierno nacional, los cuales deben destinarse a la reparación material de las víctimas del conflicto dentro del marco integral de las medidas de reparación. No obstante, este documento no examina el riesgo de lavado de activos que se genera a partir de lo siguiente: comentaristas y expertos han opinado y sustentado con cifras que las utilidades derivadas del narcotráfico, secuestro, extorsión y demás delitos cometidos durante los cincuenta años de actividad subversiva por las FARC-EP, aun deducidos los costos de pertrechos y emolumentos, superan con creces el valor de los activos declarados en el inventario entregado por el ahora partido político. ¿Dónde están, quién los tiene y cuánto valen esos activos eventualmente ocultos?, las autoridades deberían ofrecer respuesta a estos interrogantes. Evidentemente, su mero planteamiento determina que el riesgo de lavado de esos activos, después de la firma del Acuerdo de paz, lejos de atenuarse tienda a exacerbarse. Los procesos de extinción de dominio y por el delito de testaferrato que ha promovido con éxito la Fiscalía General de la Nación, con posterioridad a la firma del Acuerdo de Paz, ratifican la relevancia y veracidad de esta eventualidad. Conclusiones De los tres escenarios aquí planteados el que mayores retos genera es el riesgo de lavado de activos que emana de la eventual entrada subrepticia a la economía formal de los activos ocultos del otrora grupo guerrillero. Debido a esto, sujetos y autoridades están obligadas a medir este evento en sus matrices y a estimarlo dentro de sus modelos de supervisión por riesgos, respectivamente. Para ello, cobra especial relevancia el deber de incrementar y fortalecer las medidas tendientes a lograr la identificación del beneficiario de toda transacción financiera y de toda operación comercial. En lo que hace al segundo escenario valga mencionar que una medida de control consistente en decidir que “no se admitirán reinsertados o desmovilizados en esta entidad” sería no solo claramente inconstitucional, sino también del todo contraria a los propósitos institucionales de reconciliación. Finalmente, es de esperarse que las autoridades identifiquen tipologías, forjen instructivos y generen parámetros para fortalecer las medidas y controles tendientes a incrementar el número de reportes de operaciones sospechosas de financiamento del terrorismo, como también deberán hacerlo respecto del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Esto último, es de advertir, por su profundidad y trascendencia será objeto de análisis en próximo artículo.


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1 Dos en 2011, 5 en 2012, 1 en 2013, 3 en 2014, 0 en 2015 y 8 en 2016.E

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2 Solo 5 personas han sido condenadas desde 2013.

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